Cuánto se paga de impuesto de sucesiones en Madrid

El impuesto de sucesiones y donaciones en Madrid se liquida según el Código del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Ley 29/1991), regulado por la Ley 11/2021, que establece bonificaciones y reducciones. El gravamen se aplica sobre el valor de los bienes heredados, con tipos que varían según la cuantía del caudal relicto y la relación entre el causante y el heredero. En Madrid, las reducciones son significativas para descendientes, cónyuges y ascendientes.

  • Herederos en línea recta (hijos, padres, nietos): Se aplica una reducción del 99% sobre el valor del caudal relicto hasta 100.000 €, y del 95% hasta 250.000 €. Si el valor supera 250.000 €, se aplica un tipo progresivo: 1,5% sobre el exceso hasta 1.000.000 €, 2% hasta 2.000.000 €, 3% hasta 3.000.000 € y 4% sobre lo que exceda de 3.000.000 €.
  • Cónyuge viudo: Se aplica una reducción del 99% sobre el valor del caudal relicto hasta 100.000 €, y del 95% hasta 250.000 €. Si el valor supera 250.000 €, se aplica un tipo progresivo: 1,5% sobre el exceso hasta 1.000.000 €, 2% hasta 2.000.000 €, 3% hasta 3.000.000 € y 4% sobre lo que exceda de 3.000.000 €.
  • Ascendientes y descendientes en línea colateral: Se aplica una reducción del 95% sobre el valor del caudal relicto hasta 100.000 €, y del 90% hasta 250.000 €. Si el valor supera 250.000 €, se aplica un tipo progresivo: 1,5% sobre el exceso hasta 1.000.000 €, 2% hasta 2.000.000 €, 3% hasta 3.000.000

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