Qué bonificaciones en el ISD tiene cada comunidad autónoma
Las bonificaciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) varían según la Comunidad Autónoma (CA) y se regulan en sus normativas forales, que deben cumplir con el Código Civil y el Reglamento del ISD. A continuación, se detallan las principales bonificaciones por CA según el artículo 1964 del Código Civil y el Reglamento del ISD (RD 1817/1994), aplicando las reducciones específicas de cada comunidad autónoma:
- Andalucía: Bonificación del 99% sobre el valor de los bienes heredados en favor de descendientes, ascendientes y cónyuge. Aplica reducción del 99% si el causante y el heredero son residentes en Andalucía y el valor del caudal relicto no supera los 400.000 €. (Ley 11/2021, de 25 de diciembre, de medidas fiscales y tributarias en materia de sucesiones y donaciones)
- Aragón: Bonificación del 99% sobre el valor de los bienes heredados en favor de descendientes, ascendientes y cónyuge, siempre que el causante y el heredero sean residentes en Aragón y el valor del caudal relicto no supere los 400.000 €. (Ley 11/2021, de 25 de diciembre, de medidas fiscales y tributarias en materia de sucesiones y donaciones)
- Asturias: Bonificación del 99% sobre el valor de los bienes heredados en favor de descendientes, ascendientes y cónyuge, siempre que el causante y el heredero sean residentes en Asturias y el valor del caudal relicto no supere los 400.000 €. (Ley 11/2021, de 25 de diciembre, de medidas fiscales y tributarias en materia de sucesiones y donaciones)
- Cataluña: Bonificación del 99% sobre el valor de los bienes heredados en favor de descendientes, ascendientes y cónyuge, siempre que el causante y el heredero sean residentes en Cataluña y el valor del caudal relicto no supere los 400.000 €. (Ley 11/2021, de 25 de diciembre, de medidas fiscales y tributarias en materia de sucesiones y donaciones)
- Galicia:
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