Qué es la aceptación a beneficio de inventario
La aceptación a beneficio de inventario es un mecanismo legal que permite al legitimario (heredero o legatario) aceptar una herencia sin asumir los pasivos de los bienes heredados, limitándose su responsabilidad al valor del caudal relicto. Se regula en el Artículo 1013 del Código Civil. Es una figura alternativa a la aceptación pura y simple, que protege al legitimario de deudas excesivas. Para ejercerla, debe solicitarse ante notario dentro de los seis meses siguientes a la muerte del causante, conforme al Artículo 1014 CC. El legitimario debe conocer el estado patrimonial del causante y no puede aceptar la herencia si desconoce el valor de los bienes o deudas. La aceptación a beneficio de inventario se puede solicitar por cualquier legitimario, incluso si no tiene conocimiento previo del caudal relicto, siempre que actúe dentro del plazo legal. El inventario debe incluir todos los bienes, derechos y obligaciones del causante, y se realiza bajo la supervisión del notario. Si el valor de los bienes supera a las deudas, el legitimario puede optar por la aceptación pura y simple. Si no se acepta, se produce la prescripción de la acción de herencia.
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